Así será la nueva ley de protección animal en España

A partir del pasado 5 de enero, los animales de compañía son considerados seres sintientes, y el 18 de febrero se aprobó el anteproyecto de la nueva ley. ¿Qué implica en la práctica esta modificación legal?

Por Cristina Crespo Garay
Publicado 5 ene 2022, 15:57 CET, Actualizado 9 feb 2023, 13:49 CET
Abandono animal
Miles de animales se encuentran esperando adopción en perreras y protectoras de animales como el albergue de Nueva Vida Adopciones.
Fotografía de Cristina Crespo Garay

El 2022 apuntaba a sería el año en el que España cambiará su relación con la protección animal. A partir del pasado 5 de enero de 2022 entró en vigor en nuestro país la modificación del régimen jurídico que trae consigo el preámbulo de la Ley de Protección Animal que reconoce a los perros y gatos como «seres vivos dotados de sensibilidad». Esta modificación implica, en la práctica, cambios como que habrá que tener su bienestar en cuenta en caso de separación o divorcio, no podrán ser incluidos en las deudas hipotecarias como pertenencias y se aspira a controlar mejor las poblaciones de animales.

Sin embargo, en medio de un importante debate sobre las macrogranjas que se produjo en España a principios de 2022 y aunque estaba previsto que el primer texto se aprobase en diciembre de 2021, la nueva ley tardó en ser aprobada definitivamente. Según denuncia PACMA, se ha visto paralizada por diferencias políticas y no fue aprobada por Moncloa en el Consejo de Ministros hasta el pasado viernes 18 de febrero de 2022. El Gobierno ha incluido en esta última versión algunas modificaciones sobre los animales rurales y de caza. Después, la norma pasó al trámite parlamentario por el Congreso de los Diputados y el Senado, donde se presuponía que iba a haber nuevos cambios.

Finalmente la norma se aprobó por parte del Congreso de los Diputados el 9 de febrero de 2023. La aprobación parlamentaria no estuvo exenta de polémica ya que la parte del Partido Socialista del Gobierno propuso modificar la ley para excluir de la misma a los perros de caza, mientras que el partido Podemos, que forma parte del Gobierno, quería que el trato que reciben estos animales también estuviera amparado por la nueva Ley de Protección Animal. Finalmente ambos partidos del Gobierno votaron que sí a la norma.

“Hasta ahora, nuestro Código Civil dotaba a los animales con la etiqueta de bienes muebles”, denuncia Helena Arce Surós, veterinaria experta en protección animal. En nuestro entorno, ya habían dejado atrás esta categoría países como Austria en 1986, Alemania en 1990, Suiza en 2003, Bélgica en 2009, Francia en 2015, Portugal en 2017, y también Cataluña en el año 2006.

En España, este cambio se debe a una triple reforma aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre de 2021 y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que se hizo efectiva el pasado 5 de enero al cumplirse los 20 días desde su publicación.

A lo largo del resto del año, se espera la prohibición del sacrificio salvo por motivos médicos, la esterilización obligatoria, el veto de la fauna salvaje en los circos y el fin de la venta de mascotas en las tiendas. Con todos estos cambios, se esperaba que la ley esté lista para verano y pudiera entrar en vigor para el 2023.

Mientras las organizaciones de protección animal han celebraron la aprobación del anteproyecto, haciendo hincapié en su potencial para reducir el mascotismo, por su parte las asociaciones ganaderas y de caza han mostrado su oposición a esta nueva ley. "Ahora más que nunca se hace evidente que la movilización del 20M es más que necesaria para poner de manifiesto el sentir de nuestro colectivo a los ataques continuos e insidias que desde el Gobierno de España estamos padeciendo", afirma la Federación madrileña de caza. " Ahora o nunca. Animalismo o libertad", declaran. El Partido Animalista PACMA denunciaba sin embargo que, según el nuevo texto del anteproyecto, los animales utilizados para caza, guarda o pastoreo quedan relegados a un apartado que exime a sus titulares de las obligaciones que promueven.

"Necesitamos que todos los animales en este país gocen de la misma protección, independientemente de a qué se dediquen o dónde vivan, eso es lo que estamos haciendo con esta ley, homologarnos a otros países de Europa y acabar con la impunidad de los maltratadores de animales", afirmó la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 Ione Belarra, de Podemos, en TVE. "Aproximadamente 300 000 animales al año son abandonados en nuestro país, un país democrático no se puede permitir tratar así a sus animales". 

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Una iniciativa legislativa popular

Su origen está en una iniciativa legislativa popular impulsada por el Observatorio Justicia y Defensa Animal, que recogió en el año 2015 más de 500 000 firmas para que los animales se “descosificasen”. Ya en 2017 se aprobó una Proposición de Ley sobre este mismo cambio de escenario, pero “la dejaron caducar porque a ningún partido le interesa de verdad proteger a los animales”, según afirma el partido animalista PACMA desde sus redes sociales. Cuatro años más tarde, se ha modificado su régimen legal, pero ¿qué significa esto en la práctica?

La nueva norma establece que "la relación de la persona y el animal (sea este de compañía, doméstico, silvestre o salvaje) ha de ser modulada por la cualidad de ser dotado de sensibilidad, de modo que los derechos y facultades sobre los animales han de ser ejercitados atendiendo al bienestar y la protección del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel o innecesaria".

Una de las grandes preguntas es si los cambios que introduzca el borrador de la nueva ley será capaz de cambiar las cifras de abandono en nuestro país, que se sitúa desde hace años a la cabeza de Europa. La falta de concienciación y la dejadez política ponen en jaque un sistema de protectoras y perreras completamente saturado.

Lejos de mejorar, hasta ahora la realidad de la protección animal en España ha dejado, año tras año, cifras nefastas: más de 258 300 animales fueron abandonados en 2020, según los datos del estudio de abandono y adopción 2021 que recoge la Fundación Affinity.

La presidenta de la Federación de Asociaciones Protectoras y Defensa Animal, Matilde Cubillo afirma sin embargo que, cuando se dice esa cifra de abandonos, en realidad son muchísimos más que no han podido ser registrados.

Más y mejor control: registro estatal, control de la cría y esterilización

En la nueva Ley se introducen algunas modificaciones que pueden resultar muy positivas. Para luchar contra el abandono se apostará por una mejora del registro de los animales de compañía, instaurando un Sistema Estatal de Registros de Protección Animal – hasta ahora el registro es por Comunidades Autónomas-, que incluirá el listado completo de animales, entidades de protección, criadores, núcleos zoológicos, profesionales del comportamiento animal y de personas inhabilitadas para la tenencia.

Además, según publica la revista veterinaria Animal’s Health, “el veterinario solo podrá implantar microchip a entidades de protección animal, públicas o privadas o criadores registrados, estando el resto de animales obligados a pasar un proceso de regularización para poder ser registrados. Además, los criadores están obligados a identificar a sus animales antes de venderlos”.

Para un mayor control de la cría, el proyecto prohíbe la realización de esta actividad por parte de particulares, y establece que solo los criadores acreditados podrán criar animales. Además, los animales tendrán que ser esterilizados antes de su venta, cesión o adopción, e incluye supuestos en los que la esterilización será obligatoria para evitar la cría accidental y por tanto, las camadas no deseadas, uno de los principales motivos de abandono.

¿DNI para mascotas y cursos de capacitación?

La nueva ley incluye muchos más puntos y matices que tratarán de poner fin a las problemáticas más urgentes en nuestro país. Entre ellas, una de las protagonistas del gran revuelo organizado en redes sociales es la posibilidad de que se haga obligatorio el DNI para nuestros animales. De momento, esta propuesta no está aprobada y su estudio continúa en marcha hasta la aprobación definitiva de la ley completa. 

Hasta ahora, la administración de las comunidades autónomas solo dispone de la información de los microchips de registro de los centros veterinarios - y cuyo uso en las zonas rurales es deficitario a pesar de ser obligatorio -, las bases de datos de animales potencialmente peligrosos y los informes de las sociedades de animales con pedigrí.

Por tanto, el nuevo DNI pretende ser una herramienta de control real sobre la población y la situación de los animales en España. A lo largo de 2022 se espera que todas las comunidades se sumen a un procedimiento unificado para el registro digital de los animales, que facilitará la puesta en marcha del DNI identificativo.

En esta línea, también está sobre la mesa la realización de un curso obligatorio para los dueños de animales que asegure la capacitación para su tenencia, a fin de mejorar la calidad de vida de todos ellos y evitar problemas de maltrato, abandono, etc. 

Prohibición de la venta en tiendas de animales

Entre las medidas para el control de la cría, la ley plantea prohibir la venta de animales en las tiendas si el proyecto se mantiene a lo largo de su proceso legislativo. De esta forma, la venta de animales estará únicamente permitida a criadores y se prohibirá exhibir a los animales en escaparates durante horas privándoles de su desarrollo natural.

Otra de las novedades viene de la mano de la reforma de las normas sobre los perros llamados hasta ahora “potencialmente peligrosos”, que pasarán a considerarse “de manejo especial”. A partir de ahora, el nivel de amenaza vendrá determinado por su comportamiento y no en base a la raza.

Respecto a la protección medioambiental, la ley apoya la creación del Listado Positivo para establecer los animales que sí podrán ser tenidos como animales de compañía, quedando prohibido el resto. Para evitar el daño medioambiental de las especies invasoras, el texto incluye la prohibición la cría de animales alóctonos, no procedentes de España, como el visón americano.

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    Entre otras medidas de protección, el proyecto de ley también incluye la retención de los animales que hayan podido ser maltratados o abandonados, es decir, a partir de ahora ya no tendrán que ser devueltos a su propietario. Por otro lado, también contempla el reconocimiento del daño moral por pérdida o lesión grave de un animal, la inclusión de los animales en los casos de separación o divorcio o el reconocimiento del vínculo entre la violencia doméstica y el maltrato animal.

    Además, se establecerá que un perro no pueda estar más de 24 horas sin la supervisión de una persona, a excepción de los perros pastores, así como que no habrá distinciones en los derechos de los animales que vivan en la calle, o tengan propietario, ni tampoco con animales de trabajo. La nueva norma también establecerá la prohibición de tiro al pichón y peleas de gallos, aunque que no incluirá ninguna medida nueva relacionada con la tauromaquia, por considerar que dificultaría mucho la tramitación de la ley.

    (Relacionado: Liberar mascotas exóticas puede convertirlas en especies invasoras)

    Endurecimiento de las sanciones

    “A mi parecer, las sanciones y multas que se describen en el código penal contra el maltrato y el abandono de animales son totalmente insuficientes y al no conllevar penas de cárcel (son inferiores a los 2 años) se permite que el abandono siga siendo una auténtica lacra en nuestro país”, denuncia Arce Surós.

    Luchar a nivel legislativo es el primer paso para solucionar esta compleja situación. El abandono de animales es un delito que está recogido desde 2015 en el artículo 337 bis del Código Penal. Define como delito leve o de tipo atenuado el abandono de animales domésticos. Anteriormente, esta conducta era considerada como falta.

    El artículo diferencia las penas y sanciones castigando a quien abandone a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad. La pena impuesta es de multa de uno a seis meses, y el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año.

    “Es necesario que el sujeto actúe de forma consciente, y se exige que ese abandono pueda provocar la muerte del animal o lesiones, por lo que no se aprecia cuando se deja al animal en algún sitio en el que el dueño sepa que estará seguro, como por ejemplo en un centro para animales”, explica Arce Surós. “Siendo así, los tutores podrían pensar que el abandono en estos centros no es tan grave, pero a mi parecer, el animal lo va a sufrir de igual modo”.

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